Ley 1228 de 2008. Artículo 10. Sistema Integral Nacional de Información de Carreteras.
Créase el Sistema Integral Nacional de Información de Carreteras "SINC" como un
sistema público de información único nacional conformado por toda la información
correspondiente a las carreteras a cargo de la Nación, de los departamentos, los
municipios y los distritos especiales y que conformarán el inventario nacional de
carreteras. En este sistema se registrarán cada una de las carreteras existentes
identificadas por su categoría, ubicación, especificaciones, extensión, puentes,
poblaciones que sirven, estado de las mismas, proyectos nuevos, intervenciones futuras
y demás información que determine la entidad administradora del sistema.